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Corte Suprema

HELGUERO RAMON MARCIAL c/ GRECO HERMANOS S.A. s/RIESGO O VICIO DE LA COSA

La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por el actor en el juicio Helguero c/ Greco Hermanos S.A., declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto el fallo anterior. El ministro Boggiano votó en disidencia por desestimar la queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 77. XXXV. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Admisibilidad Articulo 280 cpccn Dictamen del procurador fiscal Remision a dictamen Costas Nuevo pronunciamiento Devolucion de actuaciones.

¿Quién es el actor?

Ramón Marcial Helguero.

¿A quién se demanda?

Greco Hermanos S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de hecho deducido por la actora contra la denegación del recurso extraordinario federal.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte admitió la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia recurrida y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría expresa: "Que este Tribunal comparte los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen de fs. 55/58, a los que cabe remitirse para evitar repeticiones innecesarias." El fallo no desarrolla fundamentos propios; remite al dictamen del Procurador Fiscal.

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Propuso desestimar la queja, por lo que su voto fue en minoría.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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