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Corte Suprema

BLANCO BERNARDO CARLOS Y BLANCO MARCELO ALBERTO c/ s/QUIEBRA S/ INDIDENTE DE RECONOCIMIENTO DE GASTO POR ARELLANO ANA MARIA Y OTROS

El recurso de queja fue interpuesto por la parte actora contra la denegación de un recurso extraordinario en un incidente de reconocimiento de gasto en la quiebra de los hermanos Blanco. La Corte Suprema desestimó la queja por inadmisible, remitiéndose a sus precedentes en cuanto a la tacha de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y declaró perdido el depósito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2054. XL. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Ley 23.774 Inconstitucionalidad Quiebra Reconocimiento de gasto Incidente Deposito perdido

Actor (quien recurre): Ana María Arellano y Daniel Enrique Ogando, por sí y en representación de la parte actora.

¿A quién se demanda?

Bernardo Carlos Blanco y Marcelo Alberto Blanco, en el marco de su quiebra.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de gasto en el incidente de quiebra promovido por Arellano, Ana María y otros.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.774 y el recurso de queja. Se declaró perdido el depósito de fs. 1.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Que en lo que respecta a la tacha de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (modificado por la ley 23.774), cabe remitir a los fundamentos expuestos en los precedentes publicados en Fallos: 322:3217 y 323:86, sus citas, entre muchos otros."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 322:3217CSJN
  • Fallos 323:86CSJN

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