SORRIDI S.A. c/ HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS COSME ARGERICH - SECRETARIA DE SALUD - GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - Y OTRO s/PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y declaró procedente el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, que había resuelto la causa seguida por Sorridi S.A. contra el Hospital General de Agudos Cosme Argerich. Revocó el fallo apelado y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, remitiéndose por brevedad al precedente de Fallos 323:3924.
¿Quién es el actor?
Sorridi S.A.
¿A quién se demanda?
Hospital General de Agudos Cosme Argerich, Secretaría de Salud y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto transcripto no lo describe).
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Eximió a la recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 323:3924, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." No hay votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Acordada 47/91
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Fallos 323:3924CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.