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Corte Suprema

ARRECHEA ROBERTO JORGE c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Corte Suprema revocó las sentencias apeladas y, con remisión al precedente Colina, declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por los jubilados y pensionados que cuestionaban la devolución en Bonos del Gobierno Nacional 2% 2008 dispuesta por el decreto 1819/2001 y la decisión administrativa 8/2003. La solución se aplica con el alcance fijado en aquel precedente, sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1185. XL. REX
Bonos del gobierno nacional 2% 2008 Devolucion de haberes Decreto 1819/2001 Decision administrativa 8/2003 Jubilaciones y pensiones Recurso extraordinario Remision al precedente colina Estado nacional Intangibilidad de haberes previsionales Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Roberto Jorge Arrechea y otros, junto con numerosos jubilados, pensionados y beneficiarios de distintos organismos previsionales y de las fuerzas de seguridad (acciones acumuladas en un único pronunciamiento).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Defensa, ANSES, Poder Ejecutivo Nacional, Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otros organismos según cada causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestionamiento constitucional de la devolución de haberes en "Bonos del Gobierno Nacional 2% 2008" dispuesta por el decreto 1819/2001 y la decisión administrativa 8/2003.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se revocaron las sentencias apeladas, con el alcance indicado en el precedente CSJN "Colina, René Roberto - Yapura, Sergio Daniel - Vargas, César Eduardo y otros c/ Estado Nacional" (C.2530.XXXIX, sentencia del 2 de diciembre de 2004). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite expresamente a lo resuelto en "Colina" y no desarrolla argumentos propios. Textualmente, expresa que "los planteos del recurrente relacionados con la validez constitucional de la devolución en 'Bonos del Gobierno Nacional 2% 2008' dispuesta por el decreto 1819/2001 y la decisión administrativa 8 de 2003, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en la causa: C.2530.XXXIX".

No hay votos en disidencia: la decisión fue unánime.

Normas que cita

  • Decreto 1819

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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