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Corte Suprema

MARTINEZ DE SUCRE VIRGILIO JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado reclamó a la ANSeS reajustes de su haber previsional con base en los artículos 22 y 23 de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario del organismo previsional y revocó la sentencia apelada, aplicando la doctrina de los precedentes Schiariti e Iglesias y remitiendo a los fundamentos de Gallo y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1286. XXXIX. ROR
Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Anses Perito de oficio Liquidacion de diferencias Recurso ordinario Doctrina schiariti Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Virgilio José Luis Martínez de Sucre.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio, con base en los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, incluyendo diferencias liquidadas por perito de oficio.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión relacionada con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, ha sido examinada y resuelta por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"los agravios de la ANSeS vinculados con la confección de la liquidación de las diferencias en los haberes jubilatorios del actor por un perito de oficio, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por la Corte en la causa G.55.XXXVII "Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 24 de octubre de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"los restantes agravios del organismo previsional suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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