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Corte Suprema

SANCHEZ JUAN ALBINO JULIO c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/LABORAL

El recurso de queja interpuesto por la Dirección Nacional de Vialidad fue desestimado por haber sido presentado extemporáneamente. La Corte condenó a la demandada a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se difirió conforme a la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 389. XXXI. RHE
Recurso de queja Extemporaneidad Deposito Acordada 47/91 Direccion nacional de vialidad Plazo procesal Codigo procesal civil y comercial de la nacion Corte suprema de justicia de la nacion.

¿Quién es el actor?

Juan Albino Julio Sánchez.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo describe).

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja por extemporánea. Se condena a la Dirección Nacional de Vialidad a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se difiere de acuerdo con la acordada 47/91 (fs. 9).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso de queja, ha sido interpuesto extemporáneamente (arts. 285 y 158 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 158, 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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