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Corte Suprema

IMERONI CAMPOS, FELIX s/MEDIDAS PRECAUTORIAS (CONFLICTO DE COMPETEN- CIA).

La Corte Suprema rechazó el pedido de la parte de imponer costas formulado en una cuestión de competencia pendiente en la causa sobre medidas precautorias en un juicio sucesorio. El tribunal sostuvo que la cuestión resuelta no dio lugar a incidente que justifique la imposición de costas, y remitió esa decisión al tribunal que resulte competente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 503. XXIII. ORI
Imposicion de costas Cuestion de competencia Medidas precautorias Sucesion Incidente Remision al procurador general Competencia originaria Corte suprema Secuencia procesal

¿Quién es el actor?

Rosa Cosenza de Varela, en la sucesión.

¿A quién se demanda?

Félix Armando Imeroni Campos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medidas precautorias en el marco de la sucesión.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar a lo solicitado a fs. 472 (imposición de costas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el Tribunal el 7 de marzo de 1995, a fs. 464, resolvió que en esta instancia procesal correspondía remitir las actuaciones al señor Procurador General para dirimir la cuestión de competencia que se encontraba pendiente y a la que ahí se hizo referencia. Dicha decisión se encuentra firme y la manifestación formulada a fs. 472 no puede tener el efecto, como lo pretende el peticionante, de alterar la secuencia regular de este proceso. En consecuencia corresponde estar a lo allí decidido y remitir las actuaciones sin otro trámite tal como fue ordenado."

"Que tampoco puede ser proveído favorablemente el pedido de imposición de costas formulado en el escrito a despacho, ya que la cuestión resuelta a fs. 464 no dio lugar a incidente alguno que las justifique. Las que en su caso corresponda establecer en virtud de las posturas asumidas a fs. 439 y a fs. 441 deben ser resueltas por el tribunal que resulte competente para seguir interviniendo en estas actuaciones."

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