PODER EJECUTIVO NACIONAL c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/RESOLUCION 2314/95
El Estado Nacional promovió recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que rechazó in limine su recurso contra la resolución 2314/95 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, en un conflicto sobre la autonomía universitaria y la nueva ley de educación superior. La Corte Suprema hizo lugar al recurso, reconoció el interés concreto del Ministerio de Cultura y Educación para obtener un pronunciamiento judicial y revocó la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
Poder Ejecutivo Nacional (Ministros de Cultura y Educación y de Justicia, en representación del Estado Nacional).
¿A quién se demanda?
Universidad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Control de legalidad de la resolución 2314/95 dictada por el Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, en interpretación del art. 50 de la ley 24.521 de educación superior.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara que había rechazado in limine la pretensión del Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la resolución impugnada, no obstante no revestir el carácter de sentencia definitiva, es equiparable a los fines de la admisibilidad formal del recurso, ya que causa un agravio de imposible reparación ulterior puesto que impide la continuación del proceso e imposibilita al recurrente el acceso a la jurisdicción."
"...esta Corte considera satisfecho el requisito constitucional mencionado puesto que, por una parte, la resolución impugnada entraña un conflicto de atribuciones de distintos órganos de gobierno universitario..."
"...a la vez que el legislador ha asegurado la autonomía 'académica e institucional' (art. 29 ley 24.521), sólo ha previsto un único recurso ante la instancia judicial (art. 32 de ese cuerpo legal). Ello significa que el Ministerio de Cultura y Educación... no cuenta con vías para efectuar el control de legalidad de una decisión definitiva dictada por una universidad nacional..."
"...resulta razonable reconocer un interés concreto en el Ministerio de Cultura y Educación para obtener de la justicia una declaración sobre el punto disputado, en tanto no ha podido tener la intervención contemplada en el art. 34 de la ley 24.521."
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Normas que cita
- Ley 24.521arts. 29, 32, 34, 50, 70 · Educacion superior
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalarts. 108, 116
- Ley 27art. 2
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