PARO ANTONIO Y OTRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Una queja por denegación del recurso ordinario de apelación previsto por el art. 19 de la ley 24.463 fue presentada por actores que cuestionaban la nulidad de todo lo actuado dispuesta en un proceso previsional. La Corte Suprema declaró mal denegado el recurso, equiparando la resolución de nulidad a sentencia definitiva por clausurar la posibilidad de revisar lo decidido sobre el fondo del asunto.
¿Quién es el actor?
Antonio Paro y otro (las recurrentes: Irma María Lucchesi y María Ester Sifre)
¿A quién se demanda?
ANSeS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no lo detalla)
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja y se declara mal denegado el recurso ordinario de apelación. Se ordena agregar la queja al principal y poner los autos en secretaría a los efectos del art. 280, párrafos segundo y tercero, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la providencia de la instancia anterior que había declarado la nulidad de todo lo actuado de acuerdo con lo dispuesto por el art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, las recurrentes dedujeron el recurso ordinario de apelación previsto por el art. 19 de la ley 24.463 que, denegado, dio origen a la presente queja."
"Que los planteos de las demandantes relativos a los perjuicios que les podría acarrear la declaración de nulidad de todo lo actuado, evidencian que dicha resolución resulta equiparable a la sentencia definitiva requerida para la admisibilidad del recurso ya que pone fin a la posibilidad de revisar lo decidido y clausura el debate sobre el fondo del asunto."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- CPCCNarts. 48, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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