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Corte Suprema

NUSSEMBAUM DANIEL EDUARDO c/ SLEIMAN JORGE JURI Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja interpuesta por el demandado Jorge Sleiman Juri contra la denegación de un recurso extraordinario. Sostuvo que los agravios sobre la aplicación de normas de emergencia a obligaciones originariamente expresadas en moneda extranjera podrían involucrar cuestiones federales, y dispuso la suspensión de la ejecución, sin pronunciarse sobre el fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 74. XLI. RHE
Queja Recurso extraordinario Normas de emergencia Obligaciones en moneda extranjera Cuestion federal Articulo 14 ley 48 Suspension de ejecucion Pesificacion

¿Quién es el actor?

Daniel Eduardo Nussembaum.

¿A quién se demanda?

Jorge Sleiman Juri.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de una obligación originariamente expresada en moneda extranjera, respecto de la cual se invocó la aplicación de normas de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso de queja y se dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución. La decisión no implica pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813 y causa: E.294.XXXIX AEG3 S.A. c/ Bonomi, Hugo del 16 de marzo de 2004)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • AEG3 S.A. c/ Bonomi, HugoCSJN · 16/03/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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