JurisprudenciaARG
Corte Suprema

NAVARRETE ENRIQUE SEGUNDO, SALDIVIA JAVIER ANDRES Y MANSILLA FELIX ANTONIO s/HOMICIDIO SIMPLE

Los imputados Navarrete, Saldivia y Mansilla, procesados por homicidio simple, interpusieron queja por denegación del recurso extraordinario y pidieron la reposición de la resolución que la había desestimado por extemporánea. La Corte hizo lugar a la reposición, tuvo por presentada en término la queja, pero desestimó la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 191. XL. RHE
Recurso de queja Reposicion Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Extemporaneidad Homicidio simple Deposito art. 286 cpccn Beneficio de litigar sin gastos Corte suprema

¿Quién es el actor?

Enrique Segundo Navarrete, Javier Andrés Saldivia y Félix Antonio Mansilla (recurrentes en queja).

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / Estado nacional, en el marco de la causa penal por homicidio simple.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reposición de la resolución de fs. 173 que había desestimado la queja por extemporaneidad, y tratamiento de la queja por denegación del recurso extraordinario.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la reposición intentada y se desestima la queja. Se intima al recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito del art. 286 del CPCCN, bajo apercibimiento de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"toda vez que el informe confeccionado por el jefe de la Mesa de Entradas del Tribunal C y la copia de documentación adjuntada permite confirmar los argumentos vertidos por el impugnante en su presentación, corresponde tener por presentada en término esta queja."

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Por ello, se hace lugar a la reposición intentada y se desestima la queja.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.