JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GUELLER LEON c/ EDITORIAL MAYO S.A. Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por el Estado Nacional por resultar inadmisible el recurso extraordinario denegado. Asimismo, condenó al Estado Nacional a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago quedó diferido conforme a la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 150. XXXII. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario inadmisible Articulo 280 cpccn Deposito previo Acordada 47/91 Estado nacional Diferimiento de pago Desestimacion.

¿Quién es el actor?

León Gueller.

¿A quién se demanda?

Editorial Mayo S.A.

Recurrente en queja: Estado Nacional - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no reproduce el objeto del reclamo originario).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja por ser inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN). Se condenó al Estado Nacional a satisfacer el depósito correspondiente, con pago diferido según la acordada 47/91 (fs. 65).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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