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Corte Suprema

RUBULOTTA FELIPE c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL s/S/ REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS en el reclamo de reajuste previsional de Felipe Rubulotta y confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en el precedente Perletto. Remitió a Perletto sobre la limitación de recursos (leyes 24.463 y 25.344) y a Torres Brizuela para los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1884. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Limitacion de recursos Ley 24.463 Ley 25.344 Pago total y definitivo Deuda previsional Honorarios de perito contador Solidaridad previsional Anses Recurso ordinario.

¿Quién es el actor?

Felipe Rubulotta.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario y confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en "Perletto". Sobre los honorarios del perito contador, declaró desierto el agravio de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463) y con la defensa de pago total y definitivo de todas las obligaciones del Estado con anterioridad al 31 de agosto de 1992, encuentran adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir".

"respecto de los honorarios del perito contador, los agravios de la demandada resultan infundados pues la alzada no descartó la aplicación del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional sino que se basó en el art. 478 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y en las dos situaciones en las que los honorarios del perito deben ser pagados por la parte que propuso la prueba pericial... por lo que se declara la deserción sobre el punto".

"los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por la Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 478 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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