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Corte Suprema

SALAS ARIEL DAVID s/LEY 23737 -CAUSA N° 39363-

Ariel David Salas recurrió en queja tras la denegatoria de un recurso extraordinario contra la sentencia de casación que confirmó su condena por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la resolución de la Cámara de Casación Penal, por haber negado indebidamente la revisión amplia garantizada por la doble instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1488. XL. RHE
Recurso de queja Doble instancia Revision amplia de la condena Casacion penal Ley 23.737 Estupefacientes In dubio pro reo Valoracion de la prueba Tempestividad del recurso extraordinario Convencion americana sobre derechos humanos

¿Quién es el actor?

Ariel David Salas (recurrente en queja).

¿A quién se demanda?

Estado nacional, en representación del Ministerio Público, en la causa penal seguida por ley 23.737 (tenencia de estupefacientes con fines de comercialización).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba (cuatro años de prisión y multa), confirmada por la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la resolución de casación, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La mayoría remitió a los fundamentos de "Casal" (C.1757.XL) y, en el voto de la Dra. Argibay, se afirma que la cámara se negó a tratar los agravios sobre valoración de la prueba y el principio in dubio pro reo, por considerarlos ajenos a la casación, lo cual viola el derecho a la doble instancia (arts. 8.2.h CADH y 14.5 PIDCP; el fallo cita 14.2 PIDCP).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...ha sido interpuesto tempestivamente, de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa D.293.XXXIX. 'Dubra, David Daniel y otro s/ causa N° 348', el 21 de septiembre de 2004."

"...la garantía de doble instancia exige, como regla, que el imputado tenga la posibilidad de someter la totalidad del contenido de la sentencia de condena al escrutinio del tribunal del recurso..." (voto de la Dra. Argibay).

"La Sala I del tribunal apelado se ha negado a tratar los argumentos que la parte le había sometido a estudio y esa negativa no se ha fundado ni en la omisión de la parte de plantear esas cuestiones ni en que la revisión fuera imposible de hecho, sino en que tales asuntos resultarían ajenos a la instancia de casación, a la que el a quo ha denominado 'extraordinaria', criterio que resulta a todas luces contrario a la exigencia constitucional de revisión amplia."

¿Cómo votaron los jueces?

no hubo disidencias sobre la solución; el Dr. Maqueda no emitió voto.

Normas que cita

  • Ley 23.737Modificacion al codigo penal
  • CPPNart. 456
  • CADHart. 8.2.h
  • PIDCPart. 14.2

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
  • Dubra, David Daniel y otro s/ causa N° 348CSJN · 21/09/2004
  • Merlo, Luis Benito s/ p.s.a. homicidioCSJN · 20/12/2005
  • Villaroel Rodríguez, Oscar Alejandro s/ homicidio culposoCSJN · 21/09/2004
  • Fallos 311:2502CSJN
  • Fallos 323:1440CSJN

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