CAMPORA ISABEL ROSA c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias que habían reconocido movilidad jubilatoria. Ordenó aplicar, para el período entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar.
¿Quién es el actor?
Isabel Rosa Campora y otros (conjunto de jubilados en autos acumulados).
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión para la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; INPS; ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes por movilidad de los haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó aplicar, en materia de movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en "Chocobar". Cuatro jueces (Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert) votaron en disidencia, remitiéndose a sus disidencias en esa causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de la causa "Chocobar, Sixto Celestino" (fallada el 27 de diciembre de 1996) y a "Bertone, Rogelio Héctor" (15 de julio de 1997), en tanto las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Como el texto disponible es el dispositivo y el remiso a esos precedentes, no se transcriben fundamentos propios de este pronunciamiento. (La disidencia no se transcribe por no ser parte del texto suministrado.)
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
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