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Corte Suprema

FALCON ISABEL Y. DE c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ECONOMIA s/AMPARO

La Corte Suprema, al hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, revocó la sentencia que había admitido la acción de amparo y rechazó la demanda. La decisión remite al criterio fijado en el precedente Galli sobre la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, con costas por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 72. XXXIX. RHE
Ley 25.561 Emergencia publica Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Recurso extraordinario Pesificacion Remision a precedente Costas por su orden Cuestion juridica novedosa.

¿Quién es el actor?

Isabel Y. de Falcón.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo vinculada a la Ley 25.561 y a los decretos 1570/01 y 214/02, que la actora cuestionó por afectar sus depósitos o créditos en moneda extranjera (según surge del precedente remitido).

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la acción de amparo. Costas por su orden en todas las instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa G.2181.XXXIX. 'Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N. Ley 25.561 C dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561', sentencia del 5 de abril de 2005, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." Los jueces Maqueda, Zaffaroni, Highton de Nolasco, Lorenzetti y Argibay se remiten, en lo pertinente, a los votos que suscribieron en el mencionado precedente. No hay votos en disidencia en esta sentencia. El fallo carece de desarrollo argumental propio: su fundamento es la remisión al precedente Galli y al dictamen del Procurador Fiscal subrogante.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N. Ley 25.561 C dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561CSJN · 05/04/2005

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