JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SILVA VICTORINO c/ s/SUCESION AB-INTESTATO

La Administración Nacional de la Seguridad Social recurrió en queja la decisión de la Cámara que declaró inadmisible un recurso de hecho por apelación denegada, en una sucesión ab intestato. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario, apartándose de la doctrina que considera inapelable el auto que decide una cuestión procesal firme, por entender que su aplicación restringía indebidamente el derecho de defensa y frustraba el derecho federal invocado por el organismo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 411. XXXIII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Apelacion denegada Cosa juzgada Inmutabilidad de resoluciones Apercibimiento Sanciones pecuniarias conminatorias Ley 24.463 Derecho de defensa Sucesion ab intestato

¿Quién es el actor?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿A quién se demanda?

No se identifica una parte demandada en sentido estricto; el litigio es el trámite sucesorio de Victorino Silva (sucesión ab intestato).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar si era recurrible la providencia que hizo efectivo un apercibimiento de sanción pecuniaria o conminatoria contra la ANSeS, y si correspondía aplicar la ley 24.463, art. 23.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que la Cámara dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "resultaba inapelable la providencia que había hecho efectivo un apercibimiento anterior que se encontraba firme, por lo que de admitirse la pretensión de recurribilidad importaría tanto como consentir la revisión de decisiones judiciales que habían pasado en autoridad de cosa juzgada, lo que violentaría el principio de inmutabilidad que es característica de tales resoluciones."

Considerando 3°: El organismo previsional se agravió de que "el tribunal haya omitido aplicar las disposiciones de la ley federal 24.463, cuyo art. 23 establece que en ningún caso los jueces podrán aplicar sanciones pecuniarias o conminatorias a su parte y dispone, además, 'que quedan sin efecto las medidas de ese tipo que se hubieren adoptado o trabado'."

Considerando 4°: "si bien es cierto que el auto que no hace lugar al recurso deducido ante el juez de la causa, en razón de encontrarse firme la resolución cuestionada, decide una cuestión procesal insusceptible de recurso extraordinario (Fallos: 260:18; 266:293), cabe apartarse de tal doctrina cuando dicha solución podría generar una restricción sustancial e indebida al derecho de defensa y causar la frustración del derecho federal invocado por la ANSeS (Fallos: 283:249)".

Remisión a precedentes análogos de la misma Corte: "Piñeiro, María Elvira", "Danza, María" y "Gutiérrez, Teresa", todas sucesiones ab intestato con idéntica cuestión.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Piñeiro, María Elvira s/ sucesión ab intestatoCSJN · 11/02/1997
  • Danza, María s/ sucesión ab intestatoCSJN · 15/07/1997
  • Gutiérrez, Teresa s/ sucesión ab intestatoCSJN · 04/11/1997
  • Fallos 260:18CSJN
  • Fallos 266:293CSJN
  • Fallos 283:249CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.