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Corte Suprema

IBARRA ARGENTINO EDELMAR c/ ANSES s/OTROS

El actor impugnó una resolución de la ANSeS que rectificó la fecha inicial de pago de su jubilación y le formuló cargos por haberes percibidos indebidamente mientras continuaba trabajando en relación de dependencia. La Corte, por mayoría, revocó la sentencia que había rechazado la demanda, consideró aplicable la compatibilidad limitada y ordenó a la ANSeS dictar una nueva resolución tras practicar el reajuste pendiente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 14. XXXVII. ROR
Jubilacion ordinaria Compatibilidad limitada Reingreso laboral en relacion de dependencia Cargos por haberes indebidamente percibidos Rectificacion fecha inicial de pago Reajuste previsional Decreto-ley 1645/78 Ley 24.241 Prescripcion liberatoria Anses

¿Quién es el actor?

Argentino Edelmar Ibarra.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de la resolución que rectificó la fecha inicial de pago del beneficio jubilatorio y formuló cargos por haberes indebidamente percibidos desde el otorgamiento de la jubilación hasta la baja efectiva.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedente el recurso ordinario, revocó la sentencia apelada y la de fs. 43/48, y ordenó a la ANSeS dictar una nueva resolución acorde con los considerandos. La ministra Argibay votó en disidencia, declarando desierto el recurso de apelación por falta de fundamentación adecuada de los agravios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no procede la formulación de cargos por la totalidad de los haberes percibidos desde el otorgamiento de la jubilación ordinaria, debiéndose aplicar las normas de compatibilidad limitada que se hallaban vigentes (conf. art. 51, inc. b, párrafo 3° del decreto 1645/78)."

"...la ley 24.241 -reformada por ley 24.463- y el decreto reglamentario 525/95 reconocieron la compatibilidad total entre la percepción del beneficio y el reingreso laboral en relación de dependencia..."

"...la formulación de cargos por las sumas indebidamente percibidas se halla supeditada al resultado del aludido ajuste aún pendiente de realización..., por lo que corresponde ordenar al organismo previsional que, dentro del plazo de treinta días, efectúe las cuentas referidas..."

Sobre la prescripción: "...la ANSeS sólo estuvo en condiciones de formular cargos cuando tomó conocimiento de que el titular continuaba trabajando..., lo que tuvo lugar en el año 1994, por lo que cabe concluir que el reclamo formulado el 14 de marzo de 1997 no se hallaba prescripto."

¿Cómo votaron los jueces?

"...los agravios propuestos en el memorial no cumplen con el requisito de fundamentación adecuada. Ello es así, pues carecen de una crítica concreta y razonada de las motivaciones jurídicas de la sentencia."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Decreto-ley 1645arts. 51, 42
  • Decreto 1625
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 525
  • Decreto 679art. 1
  • CPCCNart. 277 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Gayarín, José Luis c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 01/04/1997
  • García, Ana Esther c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
  • EtalaCSJN · Fallos 325:2990
  • Fallos 311:2242CSJN

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