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Corte Suprema

PINTIMALLI JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad jubilatoria. Ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 362. XXXII. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Recurso extraordinario Anses Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Caja nacional de prevision Seguridad social Sistema previsional.

¿Quién es el actor?

José Pintimalli y otros (causas acumuladas de jubilados y pensionados).

¿A quién se demanda?

ANSeS y, en distintos casos, cajas previsionales (INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, entre otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, con el alcance que surge de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y se revocaron las sentencias apeladas. En cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicarla según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el fallo, las cuestiones planteadas en las causas son "sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad".

Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez "remiten a lo resuelto en la causa B.386.XXVII. 'Beitia, Paulina Areceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 31 de octubre de 1997".

¿Cómo votaron los jueces?

Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert no adhirieron a la solución mayoritaria; se remitieron, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Chocobar".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Beitia, Paulina Areceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997

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