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Corte Suprema

CRESCENTI OSVALDO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia que ordenó el reajuste previsional de Osvaldo Crescenti, remitiendo en materia de tasa de interés a lo resuelto en el precedente Spitale. Rechazó como tardíos los agravios sobre la derogación de la ley 22.955 y sobre el art. 7° de la ley 24.463, y remitió a Perletto respecto del plazo y las modalidades de cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1692. XL. ROR
Reajuste previsional Anses Recurso ordinario Ley 24.463 Art. 16 ley 24.463 Art. 7 ley 24.463 Ley 22.955 Tasa pasiva de interes Modalidades de cumplimiento Precedentes spitale y perletto

¿Quién es el actor?

Osvaldo Oscar Crescenti.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario y se confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge de la causa "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Lo resuelto sobre el punto por el magistrado de primera instancia a fs. 71/74 quedó firme al omitir expresar agravios sobre ese tema, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores."

Considerando 3°: "Las objeciones esgrimidas acerca de una supuesta declaración de inconstitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463, no guardan relación con lo decidido en la sentencia apelada, por lo que deben ser desestimadas."

Considerando 4°: "Las críticas relacionadas con el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto"), y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

Considerando 5°: "Los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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