JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SZACHNIEWICZ PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos de ambas partes, mantuvo el criterio de intereses fijado en Spitale y revocó la sentencia de la Cámara con el alcance fijado en Sánchez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 314. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 18.037 Ley 23.928 Ley 24.463 Tasa pasiva de interes Haber inicial Precedente spitale Precedente sanchez Anses

¿Quién es el actor?

Pedro Szachniewick (beneficiario previsional).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos deducidos por ambas partes, confirmó lo resuelto en materia de intereses conforme al precedente "Spitale" y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de "Sánchez".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con lo examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"las objeciones planteadas por la demandada relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razones de brevedad."

"los agravios de la demandada relacionados con una supuesta inconstitucionalidad de los arts. 16 y 17 de la ley 24.463, declarada por el a quo no guardan relación con lo resuelto en la sentencia apelada, por lo que deben ser desestimados, solución que cabe extender a los agravios relacionados con los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463, pues la alzada confirmó revocó su inconstitucionalidad, de modo que su pretensión se encuentra satisfecha."

"los planteos del organismo previsional relacionados con la prescripción (art. 82 de la ley 18.037), no guardan relación con lo decidido, por lo que deben ser desestimados, solución que también resulta aplicable a los restantes cuestionamientos de la ANSeS que no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 23.928Convertibilidad del austral
  • Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 21.864arts. 1, 2 · Aportes y deudas previsionales

Fallos que cita

  • Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 17/05/2005
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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