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Corte Suprema

VALENCIA NELDO HUMBERTO Y OTROS c/ ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SE EN LIQUIDACION Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La demandada Administración General de Puertos S.E. en liquidación recurrió en queja ante la Corte Suprema por la denegación del recurso extraordinario contra un fallo laboral. La Corte declaró procedente la queja y dispuso la suspensión de los efectos de las sentencias de primera instancia y de la Cámara, por considerar que los argumentos podían involucrar cuestiones federales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 961. XLI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Cuestion federal Prima facie Suspension de efectos Sentencia laboral Administracion general de puertos Liquidacion Queja procedente Corte suprema

¿Quién es el actor?

Neldo Humberto Valencia y otros.

¿A quién se demanda?

Administración General de Puertos S.E. en liquidación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de naturaleza laboral, cuyo detalle no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente la queja, con la suspensión de los efectos de las sentencias dictadas en la instancia anterior, sin pronunciamiento sobre el fondo del recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que ello implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos: 295:658; 297:558; 308:249; 310:2241; 317:1447; 323:3085; 327:18, entre otros)."

Fallos que cita

  • Valencia, Neldo Humberto y otros c/ Administración General de Puertos S.E. en liquidaciónCSJN · Fallos 295:658
  • Fallos 297:558CSJN
  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 310:2241CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN
  • Fallos 323:3085CSJN
  • Fallos 327:18CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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