SCHEPP ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio conforme a la ley 18.037 y la ANSeS cuestionó el cálculo ordenado. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social con el alcance fijado en el precedente Sánchez y la confirmó en cuanto a los intereses, siguiendo el precedente Spitale.
¿Quién es el actor?
Alejandro Schepp.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, en particular la movilidad establecida por la ley 18.037, la aplicación de las leyes 23.928, 24.463, 25.344 y 25.565, y la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del fallo "Sánchez" y la confirmó en cuanto a los intereses aplicables, de acuerdo con "Spitale". Desestimó los planteos de la demandada vinculados con la inconstitucionalidad de los arts. 16 y 17 de la ley 24.463, los arts. 22 y 23 de la misma ley, y la prescripción (art. 82 de la ley 18.037).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión traída a conocimiento por la parte actora referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con lo examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Los agravios de las partes vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
"Los planteos de la demandada relacionados con una supuesta inconstitucionalidad de los arts. 16 y 17 de la ley 24.463, declarada por el a quo, no guardan relación con lo resuelto en la sentencia apelada, por lo que deben ser desestimados, solución que cabe extender a los agravios relacionados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 pues la alzada confirmó el fallo de la instancia anterior que ordenaba su aplicación."
"Los planteos de la accionada relacionados con la prescripción (art. 82 de la ley 18.037), en particular los vinculados a la interpretación que efectúa sobre el modo de aplicación de las leyes 25.344 y 25.565 no guardan relación con lo decidido, por lo que deben ser desestimados."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 25.565Presupuesto
Fallos que cita
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
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