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Corte Suprema

TRACZUK MARIA JUSTINA c/ FERNANDEZ DANIEL Y OTRA Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada en el marco de la legislación de emergencia y del Régimen de Refinanciación Hipotecaria. El dictamen remite, por analogía, a los fundamentos vertidos en la causa Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecaria (S.C. G. N° 1360, L. XLI).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 344. XLII. RHE
Legislacion de emergencia Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Regimen de refinanciacion hipotecaria Ley 25.798 Ley 25.908 Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Queja

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (el texto no identifica las partes).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO. Las cuestiones en debate son la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y ley 25.820) y la constitucionalidad del Régimen de Refinanciación Hipotecaria establecido por la ley 25.798 (texto según ley 25.908).

¿Qué se resolvió?

el dictamen de la Procuración General propone hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. No se trata de una decisión de la Corte, sino de una opinión previa a su resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que las cuestiones materia de recurso en los presentes actuados, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02, y ley 25.820) y a la constitucionalidad del Régimen de Refinanciación Hipotecaria establecido por la ley 25.798 (texto según ley 25.908), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S.C. G. N° 1360, L. XLI, caratulada 'Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada por esta Procuración General el día 13 de junio de 2006, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."

"Por todo lo expuesto, opino que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario, y revocar la sentencia apelada."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 13/06/2006

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