JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FUNDACION HECTOR ALEJANDRO BARCELO PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA BIOMEDICA ARGENTINA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS -D.G.I- s/S/IMPUGNACION DE DEUDA

La Procuración General dictaminó sobre la queja interpuesta por la Fundación Héctor Alejandro Barceló contra la AFIP-DGI por el rechazo de la apelación en una determinación de deuda por aportes y contribuciones, por inadmisibilidad formal del recurso fundada en la naturaleza de un aval bancario uruguayo ofrecido como depósito previo. Propició hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1866. XL. RHE
Deposito previo Ley 18.820 Aval bancario Aportes y contribuciones Determinacion de deuda Recurso extraordinario Queja Inadmisibilidad formal Afip-dgi Seguridad social

Actor (Recurrente): Fundación Héctor Alejandro Barceló para el Desarrollo de la Ciencia Biomédica Argentina.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva (AFIP-DGI).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de deuda labrada por la AFIP en concepto de aportes y contribuciones.

¿Qué se resolvió?

La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inadmisibilidad formal del recurso de apelación de la actora, por considerar que el aval del Banco de la República Oriental del Uruguay ofrecido para cumplir el depósito previo del artículo 15 de la ley 18.820 no constituía un título ejecutable por la AFIP-DGI. Contra esa decisión se interpuso recurso extraordinario, denegado, lo que dio lugar a la queja. La Procuración General dictamina en favor de hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario, por remisión a los argumentos vertidos en el dictamen de la causa "Gomez Laura Beatriz c/AFIP-DGI" (G.123, L.XLI), dictado en la misma fecha y con cuestiones similares.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El dictamen es breve y no desarrolla argumentos propios. Se transcribe su fundamento central:

"Toda vez que las cuestiones resueltas y materia de recurso en autos son similares a las que examiné en la fecha, al emitir dictamen en la causa G.123, L.XLI 'Gomez Laura Beatriz c/Administración Federal de Ingresos Públicos -Dirección General Impositiva'-, estimo cabe extender al presente las consideraciones que expongo en ella y, por ende, hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada para que, por quien corresponda, se dicte una nueva."

Es un dictamen de la Procuración General, no una sentencia de la Corte; la decisión final corresponde a la Corte Suprema.

Normas que cita

  • Ley 18.820art. 15 · Direccion nacional de prevision social

Fallos que cita

  • Gomez Laura Beatriz c/AFIP-DGI

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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