GONZALEZ CARMEN ARGIMIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un jubilado promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS por la falta de movilidad entre la fecha de adquisición del beneficio y el 31 de marzo de 1995. La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, haciendo lugar a la pretensión del jubilado según el precedente Sánchez y fijando el alcance de la revocación en el considerando segundo.
¿Quién es el actor?
Carmen Argimira González (jubilada).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance que surge del considerando segundo del fallo. Notificó y devolvió los autos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Le asiste razón al jubilado cuando se agravia de que la cámara no advirtió que, pese a haberse ordenado una nueva liquidación del haber inicial, no se había dispuesto ninguna movilidad entre el momento de adquisición del beneficio -31 de octubre de 1993- y el 31 de marzo de 1995, por lo que corresponde hacer lugar a la pretensión, con el método que surge del precedente de esta Corte dictado en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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