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Corte Suprema

PERALTA CONSTANZA VALERIA s/COACCION

La contienda negativa de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 39 y el Juzgado de Garantías N° 1 de San Isidro se originó en una causa por amenazas coactivas atribuidas a Constanza Peralta. El Procurador opinó que corresponde declarar la competencia del juzgado nacional por existir hechos de similar tenor en la Ciudad de Buenos Aires que podrían formar parte de un único contexto delictivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1332. XLII. COM
Contienda negativa de competencia Amenazas Coaccion Competencia territorial Unidad de contexto delictivo Mejor administracion de justicia Declinatoria parcial Juzgado de garantias Procuracion general San isidro

Actor/Querellante: Silvana Menem, quien habría recibido llamadas intimidatorias en su teléfono celular durante su estadía en la Ciudad de Buenos Aires.

Demandado/Imputada: Constanza Peralta, actual pareja del ex concubino de la querellante.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Investigación por el delito de amenazas (coacción). Se incluyen amenazas denunciadas por la hermana de la querellante, Teresita Menem, ocurridas en el palier del edificio donde reside transitoriamente la querellante, y una llamada posterior atribuida a la imputada por reconocimiento de voz.

¿Qué se resolvió?

El juez nacional sobreseyó parcialmente a Peralta respecto de otras amenazas denunciadas por la damnificada y declinó parcialmente la competencia a favor de la justicia provincial respecto de las amenazas ocurridas en Acassuso. El juzgado provincial rechazó la competencia por prematura y trabó la contienda. El Procurador General dictaminó que corresponde declarar la competencia del juzgado nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A mi modo de ver, en atención a que de las constancias incorporadas al expediente, surge que existieron otros hechos de similar tenor denunciados por la víctima en esta ciudad, circunstancia que no permite descartar a esta altura de la investigación que todos (ver fs. 7, 12, 19/21, 24, 63, 145/146, 151), formen parte de un único contexto delictivo, razones de una mejor administración de justicia aconsejan que su investigación esté a cargo de un único tribunal (Competencia N° 656, XLI, in re 'Balbastro, Magdalena s/ denuncia', resuelta el 6 de diciembre de 2005)."

"Por lo expuesto, opino que corresponde declarar la competencia del juzgado nacional, sede en la que se efectuó la denuncia y se llevó adelante la investigación para juzgar también el que constituye el objeto de este incidente."

Fallos que cita

  • Balbastro, Magdalena s/ denunciaCSJN · 06/12/2005

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