JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SIMION ALEJANDRO DRAGAN Y OTROS c/ PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIP TELEFONICA DE ARG SA Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por los actores en el proceso contra el Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A. y otros, por guardar analogía sustancial con la causa García, María Antonia, y confirmó la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 355. XLII. REX
Recurso extraordinario Programa de propiedad participada Telefonica de argentina Privatizacion Remision a precedente Proceso de conocimiento Comision liquidadora Csjn Costas Confirmacion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Alejandro Dragán Simión y otros.

¿A quién se demanda?

Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A. y otros (representados por la Comisión Liquidadora del Programa, y el Ministerio de Economía, que contestó el traslado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento en el marco del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A.; el texto disponible no detalla el objeto pecuniario ni los hechos.

¿Qué se resolvió?

Admitir formalmente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, con costas a la parte vencida conforme art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa G.774.XXXVII 'García, María Antonia y otros c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento', sentencia del 21 de marzo de 2006, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." El fallo no reproduce otros considerandos propios; la decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado. Por ser un pronunciamiento unánime de los cinco ministros, no hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • García, María Antonia y otros c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimientoCSJN · 21/03/2006

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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