JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ACOSTA c/ ANGEL s/JUBILACION POR INVALIDEZ

El actor reclamó la jubilación por invalidez que le había sido denegada por no alcanzar el grado de incapacidad exigido por la ley 18.037. La Corte Suprema declaró admisible el recurso ordinario y confirmó la sentencia, por entender que los dictámenes del Cuerpo Médico Forense estaban suficientemente fundados y que el recurrente no los había impugnado con una crítica científica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 454. XXXIV. ROR
Jubilacion por invalidez Incapacidad laboral Ley 18.037 Ley 24.463 Recurso ordinario de apelacion Peritaje medico Cuerpo medico forense Critica cientifica Seguridad social Anses

¿Quién es el actor?

Ángel Enrique Acosta.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso ordinario de apelación y se confirmó la sentencia apelada, que había confirmado la denegatoria del beneficio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso interpuesto resulta procedente toda vez que se trata de un fallo definitivo dictado por esa cámara y el art. 19 de la ley 24.463 contempla expresamente la vía intentada respecto de las decisiones emanadas de dicho tribunal."

El Cuerpo Médico Forense, ordenado como medida para mejor proveer, dictaminó que a la fecha de la extinción del beneficio el actor padecía una incapacidad estimada en un 10,54% de la total obrera.

"En lo que respecta a los dictámenes médicos ordenados por la alzada, no corresponde hacer lugar a las impugnaciones del interesado desde que dichos peritajes se encuentran suficientemente fundados en exámenes efectuados al actor, sin que éste haya impugnado mediante una crítica científica sus conclusiones oportunamente (fs. 65), ni en el recurso de la ley 24.463 (ver fs. 80)."

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