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Corte Suprema

STORTINI DINA c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJADORES AUTONOMOS Y OTRO s/JUBILACION POR INVALIDEZ

Dina Stortini promovió recurso extraordinario contra la sentencia que le denegó una prestación previsional a cargo de la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo, por remisión a los precedentes Feyte y Cabrera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 938. XXIX. RHE
Recurso extraordinario Prevision social Caja nacional de prevision para trabajadores autonomos Remision a precedentes Cuestion sustancialmente analoga Sentencia dejada sin efecto Nuevo fallo Seguridad social.

Actor/recurrente: Dina Stortini.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo previsional contra la Caja (el fallo no describe en detalle la pretensión original).

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada; los autos vuelven al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa F.496.XXVIII 'Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' con fecha 22 de junio de 1995 y C.413.XXXII 'Cabrera, Clemente c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' con fecha 7 de julio de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad."

Fallos que cita

  • Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 22/06/1995
  • Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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