JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE FORMOSA s/SU SOLICITUD EN AUTOS DRES. CARLOS GERARDO GONZALEZ, MARIANO FRANCO Y RUBEN SPESSOT S/ SUMARIO ADMINISTRATIVO

La Corte Suprema resolvió un conflicto de competencia entre el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa y el Superior Tribunal de Justicia provincial, originado en la suspensión de un magistrado provincial y en una medida cautelar de amparo que dejó sin efecto esa suspensión. La Corte ordenó suspender el trámite del proceso federal y de todas sus actuaciones conexas, y requirió la remisión inmediata de los originales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 566. XXXV. PVA
Conflicto de competencia Jurisdiccion federal y provincial Superintendencia Autonomia provincial Amparo Medida cautelar Suspension de magistrado Sumario administrativo Gravedad institucional Art. 24 inc. 7? decreto-ley 1285/58

¿Quién es el actor?

Dr. Carlos Gerardo González, juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa.

¿A quién se demanda?

Ministerio del Interior de la Nación y Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo, con medida cautelar, para que se lo reponga en las funciones de presidente del Superior Tribunal de Justicia, suspendidas por resolución 248/99 del 19 de agosto de 1999 mientras se sustanciaba un sumario administrativo.

¿Qué se resolvió?

Se suspendió el trámite del proceso federal (causa N° 566), de su incidente cautelar y de toda actuación vinculada, así como la ejecución de las resoluciones dictadas en ellas, y se ordenó al tribunal federal remitir de inmediato los originales de todas las causas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la marcada gravedad institucional que resulta de este conflicto entre tribunales de distinta jurisdicción que carecen de superior común, situación que debe ser resuelta por esta Corte de acuerdo con la jurisdicción que le confiere el art. 24, inc. 7°, del decreto-ley 1285/58 (conf. Fallos: 306:1537 y sus citas)."

"Del citado precedente resulta también que el Tribunal está habilitado en esta clase de conflictos para disponer las medidas pertinentes, incluso de carácter conminatorio."

Antecedentes: el Tribunal Oral Federal de Formosa hizo lugar a la cautelar y ordenó reponer a González; el Superior Tribunal provincial la rechazó por ilegítima, considerando que el tribunal federal carecía de competencia; el tribunal federal, al requerírsele los autos, remitió sólo fotocopias invocando el debido proceso.

Normas que cita

  • Ley 1285art. 24 inc. 7°
  • Ley 27 inc. 12 (Ley Orgánica Judicial provincial) (Formosa)art. 27 inc. 12

Fallos que cita

  • Fallos 306:1537CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.