GOMEZ LAURA BEATRIZ c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA - Y OTRO s/IMPUGNACION DE DEUDA
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la contribuyente contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el marco de una demanda contra la AFIP-DGI. La mayoría dejó sin efecto la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Laura Beatriz Gómez.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva (AFIP-DGI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social. El expediente principal y la queja no surgen detallados en el texto transcripto, por lo que el objeto concreto del reclamo impositivo no puede determinarse.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. En la queja, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco y Argibay la desestimaron por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) y declararon perdido el depósito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresó textualmente: "Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, que esta Corte comparte y a los que se remite por razón de brevedad." Y en la queja: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." El texto no contiene la fundamentación desarrollada del dictamen ni de los votos en disidencia, que no se reproducen en la sentencia transcripta.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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