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Corte Suprema

DAMBROSI JORGE ESTEBAN c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había reconocido la movilidad de la jubilación de Dambrosi. Ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance de movilidad fijado en el precedente Chocobar, mientras que los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en esa causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 15. XXV. RHE
Movilidad jubilatoria Recurso extraordinario Anses Precedente chocobar Topes maximos Ley 24.241 Ley 18.037 Tasa de intereses Remision a disidencias Prestacion previsional.

¿Quién es el actor?

Jorge Esteban Dambrosi.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (y, por sucesión institucional, la ANSeS como recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de su prestación previsional.

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia apelada y se ordenó aplicar la movilidad conforme al alcance fijado en "Chocobar" para el período entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241. Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en la causa citada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar' (Fallos: 319:3241)... a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y voto concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía...'"

"Que los agravios referentes a la tasa de intereses resultan infundados, ya que no guardan relación con lo decidido por el a quo."

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997
  • Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997

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