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Corte Suprema

PREGO DIEGO MARTIN c/ P.E.N. LEY 25.561 DTO 1.570/01 214/02 s/AMPARO LEY 25.561

Los ahorristas actores promovieron amparos contra el Estado Nacional por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 980. XLII. REX
Depositos bancarios en dolares Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Intereses Reintegro de depositos Amparo Recurso extraordinario Remision a precedente

¿Quién es el actor?

Diego Martín Prego y otros ahorristas (más de un centenar de causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas. Se exceptúan los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia por el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N.', fallada el 6 de marzo de 2007." El fallo es una remisión a precedentes, sin desarrollo argumental propio. Por la excepcional situación de este tipo de causas, se ordena devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006

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