JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TORRILLA ALEJANDRO ROQUE Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios deducidos por el Estado Nacional, que cuestionaban la declaración de deserción de sus apelaciones contra sentencias que habían reconocido adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. Revocó las sentencias apeladas y hizo lugar a las demandas, con el alcance fijado en los precedentes Franco y Freitas Henriques.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 111. XXXV. RHE
Recurso extraordinario Desercion de apelacion Excesivo rigor formal Adicionales militares Decretos 2000/91 y 628/92 Personal militar y de seguridad Cuestion federal Economia procesal Estado nacional Ministerio de defensa.

¿Quién es el actor?

Alejandro Roque Torrilla y otros (y, en las causas acumuladas, otros actores de similar condición).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento y pago de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92 al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la alzada había declarado desiertos los recursos de apelación de la demandada contra las sentencias de primera instancia que habían hecho lugar a los reclamos. La Corte consideró que esa decisión revestía un excesivo rigor formal, dado que los agravios estaban directamente relacionados con lo decidido en primera instancia y no diferían de otros ya resueltos por distintas salas del tribunal. Por existir una clara cuestión federal, resolvió el fondo del asunto, revocó las sentencias apeladas y hizo lugar a las demandas en los términos de los precedentes citados. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las razones dadas por la alzada para rechazar las apelaciones aparecen revestidas de un excesivo rigor formal pues los términos de los recursos de la demandada estaban directamente relacionados con la decisión del juez de primera instancia y no diferían de los argumentos utilizados en otras muchas apelaciones que fueron oportunamente resueltas por distintas salas de ese tribunal."

"dichas circunstancias, sumadas a la existencia de una clara cuestión federal centrada en la interpretación de las normas en juego, cuyo alcance ya ha sido establecido en numerosos precedentes de esta Corte, justifican resolver la cuestión de fondo en esta instancia a fin de evitar indebidos retrasos en perjuicio de las partes y su consecuente costo jurisdiccional (artículo 16, Ley 48)."

"los planteos del apelante guardan sustancial analogía con los decididos por esta Corte en las causas: 'Franco, Rubén Oscar y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF. AA. y de Seguridad' y 'Freitas Henriques, José Eduardo y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF. AA. y de Seguridad', falladas el 19 de agosto y el 5 de octubre de 1999, respectivamente, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • Decreto 2000
  • Decreto 628

Fallos que cita

  • Franco, Rubén Oscar y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa)CSJN · 19/08/1999
  • Freitas Henriques, José Eduardo y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa)CSJN · 05/10/1999

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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