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Corte Suprema

RIO DEL VAL JOSE ANTONIO c/ DE SOUZA MARTINEZ JUAN ENRIQUE Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en lo relativo al cálculo del monto de la ejecución hipotecaria, declarando la inconstitucionalidad de la ley 25.561 (t.o. ley 25.820), decretos 214/2002 y 320/2002 y del régimen de refinanciación hipotecaria de las leyes 25.798 y 25.908. Asimismo, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 por resultar extraño a su conocimiento al haber sido el mutuo declarado elegible por el Banco de la Nación Argentina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1492. XLII. RHE
Refinanciacion hipotecaria Ejecucion hipotecaria Emergencia economica Inconstitucionalidad Ley 25.561 Ley 25.820 Decreto 214/2002 Ley 26.167 Costas Recurso de queja

¿Quién es el actor?

José Antonio Río Del Val.

¿A quién se demanda?

Juan Enrique De Souza Martínez y otra (Ana María Cumming de De Souza Martínez).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria derivada de un mutuo con garantía hipotecaria sujeto al régimen de refinanciación hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

La Corte, por remisión a la causa "Rinaldi" (R.320.XLII), declaró procedente la queja y el recurso extraordinario de los ejecutados; revocó el fallo en lo referido al modo de calcular el monto de la ejecución; declaró la inconstitucionalidad de la ley 25.561 (t.o. ley 25.820), decretos 214/2002 y 320/2002 y del régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798 y 25.908, decreto 1284/2003); y rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 por resultar extraño a su conocimiento, dado que el mutuo fue declarado elegible por el Banco de la Nación Argentina. Las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 del CPCCN, salvo las de los incidentes sobre constitucionalidad y las de esta instancia, que se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecaria" (15/3/2007), cuyos fundamentos se dan por reproducidos "por razón de brevedad". El juez Petracchi se remite a su voto en las causas L.1167.XLII y L.38.XLIII "Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, Rubén" (20/6/2007). Respecto de la ley 26.167, se señala que "las razones invocadas por el ejecutante referentes al incumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso al sistema de refinanciación hipotecaria resultan extrañas al conocimiento de esta Tribunal".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007
  • Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, RubénCSJN · 20/06/2007

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