JurisprudenciaARG
Corte Suprema

S.A. COMPAÑIA AZUCARERA TUCUMANA s/QUIEBRA S/ INC.DE INVERSIONES

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la quiebra de la S.A. Compañía Azucarera Tucumana, por remisión a los fundamentos del precedente EMM S.R.L. c/ Tía S.A.. Confirmó la sentencia apelada en los términos de ese precedente, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1317. XLI. REX
Quiebra Incidente de inversiones Recurso extraordinario Remision a precedente Sindicatura concursal Banco de la ciudad de buenos aires Compania azucarera tucumana Costas por su orden Medidas cautelares Concurso.

¿Quién es el actor?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires (recurrente en el recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

no surge del fallo; el proceso es el incidente de inversiones dentro de la quiebra de la S.A. Compañía Azucarera Tucumana, con intervención del síndico Dr. Juan Selen.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestiones de inversiones en el marco del incidente concursal, sustancialmente análogas a las resueltas en la causa E.68.XL "EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares" (sentencia del 20 de marzo de 2007).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada en los términos del precedente al que se remite. Costas por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN) en razón de las particularidades de la relación jurídica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el voto de mayoría se remite, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "EMM S.R.L. c/ Tía S.A.": "Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL. 'EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

la jueza Highton de Nolasco se remitió a su disidencia en el precedente mencionado, por lo que no comparte la solución de mayoría. El voto del Dr. Fayt, individual, acompaña la remisión al precedente y confirma en los mismos términos.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.