JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CENCOSUD S.A. c/ s/INFRACCION LEY 22.802

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por Cencosud S.A. en la causa por infracción a la ley 22.802 y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ordenó que se dicte un nuevo fallo ajustado a lo resuelto por el Tribunal, por remisión a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1079. XXXV. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Infraccion ley 22.802 Lealtad comercial Dictamen del procurador fiscal Sentencia dejada sin efecto Nuevo fallo Cencosud s.a. Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Cencosud S.A. (recurrente en queja y recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

No surge del texto (proceso de infracción a la ley 22.802 de lealtad comercial).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la sentencia dictada en la causa por infracción a la ley 22.802.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario; se deja sin efecto la sentencia y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, al que se remite en razón de brevedad." Los considerandos no desarrollan argumentos propios; la decisión se sostiene por remisión íntegra al dictamen fiscal, que no se transcribe en el documento analizado.

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran.

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.