JurisprudenciaARG
Corte Suprema

D'AMICO CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de las partes y confirmó la sentencia de primera instancia que había declarado inconstitucionales los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, con el alcance fijado en el precedente Spitale. Rechazó como ajenas a lo decidido las objeciones del ANSeS sobre la validez de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 y sobre la aplicación del art. 82 de la ley 18.037.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1041. XXXIX. ROR
Reajuste de haberes previsionales Tasa de interes Ley 24.463 Inconstitucionalidad arts. 22 y 23 Ley 18.037 art. 82 Recurso ordinario Anses Precedente spitale Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Catalina D'Amico.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó la sentencia apelada, con el alcance indicado en el precedente "Spitale". La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social había revocado la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463; la Corte, al declarar procedentes los recursos ordinarios, deja firme la solución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) Que los agravios relacionados con la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad."

"3°) Que las objeciones del organismo previsional vinculadas con la validez constitucional de los artículos 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 y con la aplicación de lo establecido por art. 82 de la ley 18.037, deben ser desestimadas pues no guardan relación con lo decidido, solución que también resulta aplicable a los restantes cuestionamientos del ANSeS que por no referirse a aspectos específicos del fallo, carecen del requisito de fundamentación."

Por ello, "el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar la sentencia apelada con el alcance indicado en el fallo 'Spitale' citado."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 22, 23, 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.