JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BUSTOS RAMON T. c/ FERROCARRILES ARGENTINOS Y OTRO s/LABORAL

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por trabajadores contra Ferrocarriles Argentinos. Revocó las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, por remisión a lo resuelto en la causa Cortez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 448. XL. RHE
Recurso extraordinario Queja Ferrocarriles argentinos Remision a precedente Causa cortez Revocacion de sentencia Reenvio Costas Trabajadores ferroviarios

¿Quién es el actor?

Ramón T. Bustos y otros reclamantes (Calero, Coria, Flores, Muñoz Arancibia, Marín, Monzón, Parodi), en las causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Ferrocarriles Argentinos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia (la misma se remite a la causa "Cortez" para sus fundamentos).

¿Qué se resolvió?

Por unanimidad, se hicieron lugar a las quejas, se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se revocaron las sentencias apeladas, con costas. Las actuaciones vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las presentes quejas son sustancialmente análogas a las examinadas en la causa C.3031.XXXIX 'Cortez, Jesús Florentino y otros c/ Ferrocarriles Argentinos', sentencia del 28 de agosto de 2007, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir '[en] lo pertinente' por razones de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios: su razonamiento está íntegramente en el precedente "Cortez", al que remite.

Fallos que cita

  • Cortez, Jesús Florentino y otros c/ Ferrocarriles ArgentinosCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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