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Corte Suprema

DIAZ MIGUEL MODESTO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/ORDINARIO

Los actores reclamaban el cómputo remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92 contra el Ministerio de Defensa. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios del demandado y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes de Fallos 322:1868 y 2398.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 806. XXXVI. REX
Adicionales salariales Decreto 2000/91 Decreto 628/92 Computo remunerativo Bonificable Personal militar Ministerio de defensa Recurso extraordinario Remision a precedentes Ley 25.344

¿Quién es el actor?

Miguel Modesto Díaz, Luis Eduardo Chiarelli y Alcides Fabián Canalis (los actores de las tres causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del derecho al cómputo remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el demandado y confirmó las sentencias de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que a su vez habían confirmado las sentencias de primera instancia que reconocían ese derecho. Lo hizo "con el alcance indicado en los precedentes citados". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en Fallos: 322:1868 y 2398, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad." La sentencia es breve y no desarrolla fundamentos propios: su solución depende de los precedentes citados. Asimismo, dispone la comunicación a la Procuración del Tesoro en los términos del art. 6° de la ley 25.344.

Normas que cita

  • Decreto 2000
  • Decreto 628
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

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