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Corte Suprema

RODRIGUEZ DE ESPINDOLA SONIA J. c/ SUP. GOB. DE LA PCIA. DE ENTRE RIOS Y OTRA s/INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos contra sentencias que rechazaban acciones de inconstitucionalidad vinculadas al régimen previsional de la Provincia de Entre Ríos. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos pronunciamientos conforme al precedente Bieler Vda. de Caraballo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 227. XXXVII. REX
Accion de inconstitucionalidad Recurso extraordinario Regimen previsional Entre rios Caja de jubilaciones Precedente bieler Sustancial analogia Sentencia dejada sin efecto Costas por su orden Seguridad social

¿Quién es el actor?

Sonia J. Rodríguez de Espíndola y otras personas accionantes en las causas acumuladas (Bruchez de Treboux, Barrionuevo, García, Grillo de Larocca, Menconi, Roskof).

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otra (Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, C.J.P.E.R.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acciones de inconstitucionalidad contra normas provinciales vinculadas al régimen previsional de la provincia.

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas con el alcance establecido en el precedente "Bieler Vda. de Caraballo" (fallado el 21/12/2000), y se devolvieron los autos al tribunal de origen para dictar una nueva sentencia conforme a lo expresado. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte se remite, por razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Bieler Vda. de Caraballo", por tratarse de cuestiones de sustancial analogía. El texto no transcribe argumentos propios adicionales.

Fallos que cita

  • Bieler Vda. de Caraballo, Nelly Edith y otros c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y C.J.P.E.R. -acción de amparo- (reconstruido)CSJN · 21/12/2000

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