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Corte Suprema

BILLONE RAUL ROQUE SALVADOR c/ DENNIS BRIAN CHRISTIAN s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del deudor hipotecario en una ejecución hipotecaria y revocó lo resuelto en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución. Remitió la causa al tribunal de origen para cumplir con el trámite previsto por la ley 26.167, aplicando los fundamentos de la causa Lama.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1382. XL. REX
Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Deudor hipotecario Normas de emergencia Calculo del monto de ejecucion Ley 26.167 Costas art. 558 cpccn Precedente lama Validez constitucional Emergencia economica.

Actor/Ejecutante: Raúl Roque Salvador Billone.

Demandado/Ejecutado: Brian Christian Dennis (deudor hipotecario, recurrente extraordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución. Costas según art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes vinculados a la validez constitucional de las normas de emergencia, que se imponen en el orden causado. Vuelta de los autos al tribunal de origen para cumplir con la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte sostiene que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa L.839.XLII "Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra" (fallada el 6 de noviembre de 2007), cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad. Cita textual: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.839.XLII 'Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra', fallada el día 6 de noviembre de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." No hay un desarrollo argumental propio en esta sentencia; la solución se apoya íntegramente en el precedente Lama.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otraCSJN · 06/11/2007

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