JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARCIA MEDINA CASTRO VICENTE REYNALDO Y OTRO c/ CAILLAVA MARIA TERESA Y OTROS s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por los ejecutados, por remisión a lo resuelto en la causa Longobardi. Confirmó el fallo apelado con el alcance indicado, imponiendo las costas de la ejecución según el art. 558 del CPCCN, salvo las de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia, que quedan en el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2258. XLI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Ejecucion de deuda Normas de emergencia Validez constitucional Costas Art. 558 cpccn Remision a precedente Longobardi Queja.

¿Quién es el actor?

Vicente Reynaldo García Medina Castro y otro.

¿A quién se demanda?

María Teresa Caillava y otros (Victoria Susana, Claudia María, María Teresa, Martín Fernando y Martín Ignacio Caillava), ejecutados en el proceso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de deuda; el expediente no detalla el monto ni el título ejecutado.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario de los ejecutados y, con el alcance indicado, se confirmó el fallo apelado. Las costas de la ejecución se distribuyen según el art. 558 del CPCCN, salvo las de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia, que se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL. 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." Asimismo: "Los jueces Lorenzetti y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa." La decisión se funda en la remisión a un precedente análogo, sin desarrollo argumental propio en esta sentencia.

Normas que cita

  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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