JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SANGUINETTI JORGE LUIS c/ OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el actor contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que había denegado el recurso extraordinario. Por mayoría, el Tribunal declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1799. XLII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Obra social Sentencia dejada sin efecto Dictamen de la procuracion Admisibilidad Art. 280 cpccn Seguridad social Cobertura de salud Reenvio a la sala de origen

¿Quién es el actor?

Jorge Luis Sanguinetti, representado por su madre y curadora Norma Leda Badaloni de Sanguinetti, con patrocinio de la Defensoría Pública Oficial.

¿A quién se demanda?

Obra Social Bancaria Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de prestaciones contra la obra social (la causa principal no surge del texto del fallo).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata y se ordenó el dictado de nuevo fallo. Costas por su orden en el sentido de "con costas". Se agregó la queja al principal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, que el Tribunal comparte y hace suyos por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

Los doctores Petracchi y Argibay consideraron que "el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y desestimaron la presentación directa. Este criterio quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.