CARPIO INOCENCIO Y OTROS c/ EN - M° DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad reclamó el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes sobre la materia.
¿Quién es el actor?
Inocencio Carpio y otros, junto con otros integrantes del personal militar (en actividad y retirados) demandantes en las causas acumuladas.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa (y, en un caso, Ministerio del Interior y Estado Mayor General del Ejército).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.
¿Qué se resolvió?
los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada fueron declarados admisibles y se confirmaron las sentencias apeladas, que habían hecho lugar a las demandas y decidido el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales. Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que contra los pronunciamientos de la alzada que confirmaron las sentencias de la instancia anterior que habían hecho lugar a las demandas deducidas por personal militar -retirados y en actividad- y decidieron el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92, la demandada dedujo los recursos extraordinarios que fueron concedidos."
"Que los agravios de la recurrente no pueden ser atendidos ya que lo resuelto por la cámara remite a lo decidido por esta Corte en las causas: 322:1868 y 2398, respectivamente, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de dichos precedentes."
"Por ello, se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas. Costas por su orden."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 2000
- Decreto 628
Fallos que cita
- Fallos 322:1868CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.