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Corte Suprema

ABAD GUILLERMO EDUARDO Y OTRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Los depositantes de dólares en el sistema bancario promovieron amparos contra el Estado Nacional por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a obtener la devolución de sus depósitos en pesos, ajustada por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 869. XL. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Intereses 4% anual Reintegro de depositos Amparo Poder ejecutivo nacional Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Guillermo Eduardo Abad y otra, junto con los demás actores de las numerosas causas acumuladas (depositantes bancarios).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (y, en algunas causas, Estado Nacional y entidades bancarias).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por aplicación de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas y se declaran procedentes los recursos extraordinarios; se dejan sin efecto las sentencias apeladas y se reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con descuento de pagos a cuenta. Se excluyen los casos de canje por bonos o de aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen. Las presentaciones se agregan a los expedientes y las actuaciones se devuelven a primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite a los fundamentos y conclusiones de "Massa" (Fallos: 329:5913, 27/12/2006) por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y el juez Fayt se remite a su voto en "Piriz" (06/03/2007). La sentencia no transcribe argumentación propia adicional; el alcance del reconocimiento se toma del precedente "Kujarchuk" (28/08/2007) para el cómputo de pagos a cuenta.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Piriz, María Marcela c/ P.E.N.CSJN · 06/03/2007
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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