GODOY DE RODRIGUEZ ELSA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Los jubilados y pensionados demandaron a la ANSeS por el reajuste de sus haberes por movilidad y la inconstitucionalidad de artículos de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró desiertos los recursos ordinarios de la ANSeS por falta de memoriales, declaró procedentes los de los actores y confirmó las sentencias apeladas.
¿Quién es el actor?
Elsa Godoy de Rodríguez, Mauro Aniceto Assale, Adelma Edit Dappiano, Antonio Damasauskas, Bernardina Domínguez Puga de Fernández, María C. Gangitano de Lemoine, Alberto Eduardo Levriero, Bernardo Miranda, María Concepción Miguez, Oscar Pedro Pérez, Eduardo César Pasqualini y Antonio Rubino.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de los haberes previsionales y planteos de inconstitucionalidad respecto de diversos artículos de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró desiertos los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS, declaró procedentes los interpuestos por los actores y confirmó las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Respecto de la movilidad: "los planteos de los actores relacionados con la movilidad de los haberes deben ser desestimados ya que sólo expresan su discrepancia con lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 y 322:2226, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
Respecto de la inconstitucionalidad de la ley 24.463: "los planteos de inconstitucionalidad formulados por los actores respecto de diversos artículos de la ley 24.463 encuentran adecuada respuesta en lo decidido en las causas [Di Nápoli, Lopardo y Arena] ... y en los precedentes publicados en Fallos: 323:555 y 1861, a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad."
Respecto de los recursos de la ANSeS: "no obstante haberse notificado al organismo previsional de las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó los memoriales exigidos por dicha norma."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Di Nápoli, Concepción c/ INPSCSJN · 22/12/1998
- Lopardo, Carmelo c/ ANSeSCSJN · 27/11/2000
- Arena, Alfredo c/ ANSeSCSJN · 09/08/2001
- Fallos 319:3241CSJN
- Fallos 322:2226CSJN
- Fallos 323:555CSJN
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