JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FERNANDEZ JUAN HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La ANSeS interpuso recurso ordinario de apelación contra la sentencia que reajustó su haber previsional por movilidad. La Corte Suprema declaró desierto el recurso del Ministerio Público, admitió el de la ANSeS y revocó la sentencia apelada, aplicando los criterios fijados en los precedentes Arena, Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 170. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Haber previsional Solidaridad previsional Ley 24.463 Ley 24.241 Inconstitucionalidad Art. 21 ley 25.239 Movilidad jubilatoria Anses Recurso ordinario de apelacion

¿Quién es el actor?

Juan Horacio Fernández.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso ordinario de apelación del Ministerio Público; se declaró procedente el recurso de la ANSeS y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "Arena", "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"2°) Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"3°) Que los agravios del Ministerio Público, suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Fallos 323:3135CSJN

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