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Corte Suprema

ALDAES S.R.L. c/ TORRES NUÑEZ JUAN MANUEL Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

Se promovió una ejecución hipotecaria en la que el ejecutado cuestionó el modo de cálculo del monto de la ejecución y la aplicación de las leyes de emergencia. La Corte Suprema, por unanimidad, declaró procedente la queja y revocó lo decidido sobre el cálculo del monto y la inaplicabilidad del régimen de refinanciación hipotecaria previsto por las leyes 25.798 y 25.908.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1211. XLII. RHE
Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Recurso de queja Leyes de emergencia Refinanciacion hipotecaria Ley 25.798 Ley 25.908 Ley 26.167 Costas Calculo del monto de ejecucion

Actor/Ejecutante: Aldaes S.R.L.

Demandado/Ejecutado: Juan Manuel Torres Núñez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución (hipotecaria) de crédito, con cuestionamiento sobre el monto de progresión de la ejecución y la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario deducido por el ejecutado y se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución y en cuanto declaraba inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798 y 25.908). Las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 del CPCCN, y las de los incidentes sobre la validez constitucional de las normas de emergencia y el régimen de refinanciación, así como las de esta instancia, en el orden causado. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para cumplir el trámite previsto por la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las decididas en "Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra" (Fallos: 330:885) y en "Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta Teresa" (considerando 16), cuyos fundamentos dio por reproducidos por razón de brevedad. Remitió así a la doctrina de dichos precedentes para resolver el cálculo del monto de la ejecución y el régimen de refinanciación hipotecaria.

Normas que cita

  • Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • Ley 25.908Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otraCSJN · 15/03/2007 · Fallos 330:885
  • Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta TeresaCSJN · 14/08/2007

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